GENERALES

• Inscripción en el RFC, a todos los mayores de 18 años tengas o no actividad económica

Puedes inscribirte con un fedatario público o en el SAT.  

• Expedir comprobantes fiscales.

• Llevar contabilidad.

• Presentar declaraciones y pagos mensuales, y Declaración Anual.

De los impuestos sobre la renta, al valor agregado y, en su caso, especial sobre producción y servicios.
Si es tu caso, también debes presentar las retenciones del ISR o IVA que hayas hecho.

• Presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros.

•  Presentar declaraciones informativas anuales.

En su caso, Declaración Informativa Múltiple.

•  Otras obligaciones

Retener impuestos, así como expedir el comprobante fiscal que corresponda, el cual se puede considerar como la constancia de retenciones.

Formular un estado de posición financiera e inventario de existencias.

Determinar la utilidad fiscal y PTU cada año.

Llevar control de inventarios.

Avisar por los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital recibidos.

En su caso, declaración informativa en el formato electrónico Multi-IEPS.

*No olviden que la expedición de facturas o CFDI cambia de versión, de la 3.3 a la 4.0 y el periodo de transición finaliza en abril.

VENCIMIENTO DE OBLIGACIONES

MAYO 2023

3 DE MAYO

  • Los emisores de valores que coticen en bolsa y subsidiarias deberán hacer el envío de la balanza de comprobación de enero, febrero y marzo 2023 a través del buzón tributario.

5 DE MAYO

  • Las personas morales obligadas a llevar contabilidad deberán hacer el envío de la balanza de comprobación de marzo 2023 a través del buzón tributario.

7 DE MAYO

  • Los patrones deberán presentar al IMSS avisos de modificación salarial, por la parte variable, correspondientes al bimestre anterior por medio del IDSE ante el Seguro Social.
  • Las Personas físicas obligadas a llevar contabilidad deberán hacer el envío de la balanza de comprobación de marzo 2023 a través del buzón tributario.

17 DE MAYO

  • Los patrones deberán hacer el pago de cuotas del IMSS del mes anterior y cuotas del RCV e INFONAVIT del bimestre anterior, por medio de los formatos COB-01 COB-02 o SUA ante el Seguro Social.
  • Las personas físicas y morales deberán presentar su declaración informativa de contraprestaciones o donativos recibidos en efectivo, en el mes anterior, superiores a $100,000, por medio de internet.
  • Las personas físicas y morales deberán realizar su pago provisional mensual de ISR, pago mensual de IVA y IEPS y pago de retenciones del mes anterior, por medio de internet.
  • Las personas que realicen actividades consideradas como vulnerables, deberán presentar su informe de actividades vulnerables del mes anterior, por medio de su archivo XML.
  • Los productores e importadores de tabacos labrados deberán presentar la Información sobre el precio de enajenación, el valor y volumen, peso total de tabacos labrados enajenados o cantidad total de cigarros enajenados, por cada una de las marcas producidas o importadas, del mes anterior, por medio del MULTI-IEBS 2.

31 DE MAYO

  • Los Contribuyentes que realicen operaciones relevantes, deberán presentar la información de operaciones relevantes de los meses enero, febrero y marzo, por medio de la forma oficial No. 76.
  • Las empresas IMMEX deberán realizar su reporte anual a la Secretaría de Economía respecto del total de las ventas y de las exportaciones por medio de internet.
  • Las personas físicas del Régimen de Incorporación Fiscal de verán presentar su pago de ISR, IVA y IEPS correspondiente al bimestre anterior, por medio de internet.
  • Las personas físicas y morales deberán presentar su declaración informativa de operaciones con terceros del mes anterior por medio del DIOT.
  • Las personas físicas y morales extranjeras, o sociedades mexicanas con capital extranjero cuya primera letra del nombre sea de la letra K la letra Z, con activos, pasivos, ingresos o egresos mayores a $110 MDP deberán realizar la renovación anual de constancias de inscripción en el RNIE, por medio de los formatos SE-02-001-1, SE-02-001-2 o Internet.
  • Las personas morales tienen como fecha límite para realizar el reparto de utilidades a sus trabajadores (PTU).

JUNIO 2023

3 DE JUNIO

  • Las personas morales obligadas a llevar contabilidad deberán realizar el envío de la balanza de comprobación de abril 2023, por medio del buzón tributario.

7 DE JUNIO

  • Las personas físicas obligadas a llevar contabilidad deberán realizar el envío de la balanza de comprobación de abril 2023, por medio del buzón tributario.

17 DE JUNIO

  • Los patrones deberán realizar el pago de cuotas del IMSS correspondientes al mes anterior, por medio del formato COB-01 o SUA ante el Seguro Social.
  • Las personas físicas y morales deberán realizar su declaración informativa de contraprestaciones o donativos recibidos en efectivo, en el mes anterior, superiores a $100,000, por medio de internet.
  • Las personas físicas y morales deberán realizar su pago provisional mensual de ISR, pago mensual de IVA y IEPS y pago de retenciones del mes anterior, de los impuestos ISR, IVA, LIEPS, por medio de internet.
  • Las personas que realicen actividades consideradas como vulnerables deberán presentar su informe de actividades vulnerables del mes anterior en su archivo XML.
  • Los productores e importadores de tabacos labrados deberán presentar información sobre el precio de enajenación, el valor y volumen, peso total de tabacos labrados enajenados o cantidad total de cigarros enajenados, por cada una de las marcas producidas o importadas, del mes anterior en su formato Multi-IEPS-2.  

30 DE JUNIO

  • Las empresas IMMEX deberán presentar su declaración Informativa de Empresas Manufactureras, Maquiladoras y de Servicios de Exportación (DIEMSE), por medio del DIEMSE.
  • Las personas físicas deberán realizar el reparto de utilidades a los trabajadores (PTU).
  • Las personas físicas y morales deberán realizar su declaración Informativa de Operaciones con Terceros del mes anterior, por medio del DIOT.
  • Las personas físicas y morales que presenten DISIF (Plazo extendido), deberán realizar su declaración informativa de operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero en el año anterior, por medio del DIM o 30 Anexo 9.
  • Las personas morales con ingresos iguales o superiores a $815,009,360.00. Quienes al cierre del ejercicio anterior tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista. Grupos de Sociedades del régimen fiscal opcional para grupos de sociedades. Paraestatales de la administración pública federal. Personas morales residentes en el extranjero que tengan EP en el país, únicamente por las actividades que desarrollen en dichos establecimientos. Cualquier persona moral residente en México respecto de las operaciones con residentes en el extranjero, deberán realizar su declaración Informativa sobre Situación Fiscal por medio del ISSIF.

Si requieres más información, ¡CONTACTANOS!

5536852269 ext. 1450 – 1455 y 3023

Servir es un Privilegio

Dirección Jurídica y Vinculación con Gobierno